Micelio
Auto27 de enero de 2016

A- de 2016

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Edgardo Jose Puerta Cabarcas·Demandado Icetex

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Competencia a prevención
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre el Juzgado 1º Promiscuo del Circuito de Turbaco (Bolívar) y el Juzgado 4º Laboral del Circuito de Cartagena, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.

La Corte recuerda las disposiciones que aluden expresamente a los factores que precisan la competencia en materia de tutela, esto es, los artículos 86 de la Constitución y 37 del Decreto 2591 de 1991.

Igualmente, reitera que el Decreto 1382 de 2000 establece solamente las reglas de reparto de las acciones de tutela y en ningún caso define la competencia de los despachos judiciales.

Con base en lo anterior, resolvió la controversia ordenando la remisión del expediente al juzgado del municipio de Turbaco, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 12 de noviembre de 2015 proferido por el Juzgado 1º Promiscuo del Circuito de Turbaco, dentro de la acción de tutela formulada por Edgardo José Puerta Cabarcas como representante de Camilo Jose Puerta Campo contra el ICETEX.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-2319 al Juzgado 1º Promiscuo del Circuito de Turbaco que contiene la acción de tutela presentada por el señor Edgardo José Puerta Cabarcas, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
  3. Tercero. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR al Juzgado 4º Laboral del Circuito de Cartagena, la decisión adoptada en la presente providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.